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La Audiencia de Barcelona decidió, el 29 de enero de 1999, condenar a siete años de prisión a Luis Pascual Estevill al considerar probados tres delitos fiscales cometidos por él en los ejercicios 1989,1991 y 1993. Se le considera probada una ocultación de unos 100 millones, por lo que se le condena a pagar esa cantidad a Hacienda y asimismo satisfacer una multa de otros 100 millones. La sentencia es de una dureza similar a la que Estevill infligió a José Felipe Beltrán de Querellad y el texto judicial afirma que ha tenido en cuenta la condición de Estevill de "represor de los delitos fiscales" al tiempo que delincuente cometiendo el mismo tipo de delito que perseguía.

La sentencia ha resultado sin embargo polémica por cuanto declaró prescrito el ejercicio 1988 en el que Estevill defraudó 238 millones. Discrepan con ese criterio los fiscales, por lo que José María Mena, fiscal jefe de Cataluña ordenó que se recurriera la pena por baja e instó la intervención del Fiscal General del Estado. Estevill no ingresa en prisión en tanto que la sentencia de la Audiencia de Barcelona sea firme. Durante el juicio que se celebró a lo largo de tres días, Estevill calificó de "panfleto" el informe de los peritos de la Agencia Tributaria. Toda la estrategia de Estevill se basó en el juicio en hacer pasar por préstamos de amigos sin documentar sus incrementos no justificados de patrimonio.

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