Nota.- Esta página siempre estará en Construcción..! (La ley se modifica muy rápido...)

QUE ES EL IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social).

El Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS ), es la institución encargada de dar a los derechohabientes (trabajadores, beneficiarios y pensionados), las prestaciones derivadas de los derechos constitucionales, tales como atención médica, incapacidades y pensiones. además de asistencia médica a cualquier persona que la necesite en caso de urgencia, sea derechohabiente ó no.

LOS RECUR$O$, de donde se obtienen.

El IMSS, obtiene sus recursos para dar a sus derechohabientes las prestaciones antes mencionadas, de las cuotas que pagan los patrones ó sujetos obligados (Personas ó empresas que tienen trabajadores a su cargo y perciben un salario, ya sea diario ó por trabajo realizado), de acuerdo a los porcentajes que contempla la nueva Ley del IMSS, vigente a partir del 01 de Julio de 1997 y de acuerdo con el salario diario integrado por los dias laborados durante un período establecido, ya sea mensual ó bimestral.

 IMSS Y CONSTRUCCION, Que hacer.

Si Usted va a construir en su propiedad, debe saber esto:

  1. Usted es un sujeto obligado a registrarse de conformidad con la ley del IMSS;
  2. Usted debe registrar a sus trabajadores;
  3. Usted debe registrar su obra;
  4. Usted debe llevar nóminas conteniendo su Nombre, Domicilio, Registro patronal del IMSS; el número de registro de obra, el domicilio de la obra y el tipo; Los nombres, RFCs. Y número de afiliación de los trabajadores; los dias trabajados, las retenciones de las cuotas del IMSS y los impuestos y demás percepciones de acuerdo con las leyes laborales mexicanas.
  5. Usted debe entregar a sus trabajadores, una constancia de pago correspondiente a cada período de trabajo (Semanal ó Quincenal).
  6. Usted debe autodeterminar sus cuotas, de acuerdo con los trabajadores registrados, dias laborados y salario diario integrado. Ultilizando el programa de cómputo denominado SUA.(Usted puede solicitar una copia gratuita de este programa al IMSS).
  7. Usted debe pagar las cuotas, a mas tardar el dia 17 del mes posterior del correspondiente a las cuotas ó llevar a las oficinas del IMSS, el disquete con la información generada por el programa del SUA. Esto es, si usted por alguna razón no va a efectuar el pago. Esto evitará las multas ó sanciones contempladas en el REGLAMENTO DE MULTAS.

 Si usted va a contratar a una empresa ó persona que construya en su propiedad, Usted debe:

  1. Hacer todos los contratos en español ó una traducción legalizada de un contrtato de inglés al español;
  2. Incluir en los contratos el Nombre, Domicilio y Registro patronal del contratista, y además solicitarle una copia de su registro ante el IMSS;
  3. Especificar en los contratos, quien será el responsable de pagar las cuotas del Seguro Social y todas las prestaciones de los trabajadores, de acuerdo con las leyes y reglamentos laborales;
  4. Notificar a la oficina de control de obras del IMSS, de los contratos y el tipo de obra que se está contratando;
  5. Solicitar al contratista, una copia del registro de la obra ó fase contratada y...
  6. Una vez terminada la obra, usted debe solicitar a su contratista, una constancia de cumplimiento ó solicitar la constancia directamente al departamento de auditoría del IMSS.

  Nota.- Si usted esta construyendo sin contratista(s), Usted debe pagar las cuotas directamente al IMSS. y si ocupa un contratista para construir, usted debe pagarle las cuotas al contratista y él al IMSS, asi que debe estar de acuerdo que en todos los casos: DE CUALQUIER MANERA USTED PAGARA LAS CUOTAS..! y tal vez necesite hacer un análisis del presupuesto de acuerdo al tipo de obra.

Pronto tendré mas información..! última modificación el 11 de mayo de 1998.

 


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